ENTRE ELLAS UNA APLICACIÓN INFORMATIVA PARA FAMILIAS EN
RIESGO DE DESAHUCIO
FACUA crea una
aplicación Web para que las familias amenazadas de desahucio verifiquen si
cumplen los requisitos para paralizarlo 2 años
A través de esta herramienta, los ciudadanos pueden comprobar si su situación familiar y económica está dentro de los supuestos establecidos de forma arbitraria por el Gobierno en el real decreto ley.
A través de esta herramienta, los ciudadanos pueden comprobar si su situación familiar y económica está dentro de los supuestos establecidos de forma arbitraria por el Gobierno en el real decreto ley.
FACUA-Consumidores en Acción ha puesto a disposición de los
ciudadanos amenazados de desahucio una aplicación que calcula si cumplen los
requisitos establecidos por el Gobierno para paralizarlo durante dos años.
Con la aplicación, a la que puede accederse en la web
FACUA.org/desahuciados, los afectados pueden comprobar si su situación familiar
y económica está dentro de los supuestos establecidos en el Real Decreto-ley
27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección a
los deudores hipotecarios.
En cualquier caso, FACUA advierte que el real decreto ley es
claramente discriminatorio y tiene visos de inconstitucionalidad. Por ello,
recomienda a los afectados que, aunque no cumplan los requisitos establecidos
en dicha norma, soliciten por escrito al juzgado correspondiente la
paralización de su desahucio, para lo que pueden utilizar el escrito que pone a
su disposición el Consejo General de la Abogacía Española (http://ow.ly/foRyk).
Antes de evaluar si la evolución de su situación económica y
las características de su hipoteca les permitirían acogerse a la medida, la
aplicación de FACUA advierte a las familias que deben estar en alguno de los
siete supuestos establecidos por el Gobierno con una lamentable arbitrariedad:
- Todos los miembros de la unidad familiar están en paro y
no tienen prestación por desempleo
- Familia numerosa (3 o más hijos)
- Familia monoparental con al menos 2 hijos a su cargo
- Familia con al menos un menor de 3 años a su cargo
- Familia con personas a su cargo con discapacidad superior
al 33% o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad
laboral
- Familia con personas a su cargo que sean parientes del
titular de la hipoteca o su cónyuge hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad
y que se encuentren en situación discapacidad, dependencia o enfermedad grave
que le incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral.
- Víctima de violencia de género.
Si se incluyen en al menos uno de los supuestos, la aplicación
les solicita cinco datos económicos: los ingresos netos y brutos anuales de la
unidad familiar, los ingresos brutos en el mejor de los últimos cuatro años y
el importe mensual de la hipoteca entonces y en la actualidad.
A partir de estos datos, calcula si se cumplen los tres
requisitos establecidos en el real decreto ley: que la cuota de la hipoteca
supere el 50% de los ingresos netos, que la carga hipotecaria se haya
multiplicado por al menos un 1,5% en los últimos cuatro años y que además los
ingresos de la unidad familiar no sobrepasen tres veces el Indicador Público de
Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que actualmente representa 1.597 euros
brutos mensuales (19.164 anuales).
FACUA advierte que el porcentaje de familias que podrán
evitar el alzamiento de su vivienda será extremadamente reducido. Además,
denuncia que el real decreto ley se limita a alargar la agonía de las familias
demorando el desahucio en dos años, sin imponer a la banca ninguna medida para
renegociar la hipoteca y su pago.
La asociación denuncia que el Gobierno ha demostrado su
insensibilidad con el drama de los desahucios. Ni siquiera los suicidios que
han trascendido a la opinión pública han provocado que el Ejecutivo tenga la
decencia de poner en marcha cambios legislativos a la altura de la tragedia
social que atraviesa España, donde cientos de miles de familias han sido
desahuciadas desde el comienzo de la crisis.
El Gobierno, denuncia FACUA, no ha hecho más que anunciar
falsas soluciones al problema, tras la pantomima que ya supuso en su día el
Código de Buenas Prácticas Bancarias, para no perjudicar los intereses del
poder financiero.
El Real Decreto-Ley no deja lugar a dudas, señala la
asociación, de por qué el Gobierno se ha negado a que las organizaciones de la
sociedad civil que representan los intereses de los hipotecados tengan la más
mínima participación en su contenido.
Ni el presidente ni ningún miembro del Gobierno han asumido
tan siquiera su obligación moral de pedir a los banqueros la paralización
inmediata de todos los desahucios hasta que una norma consensuada con la
sociedad civil y el conjunto de fuerzas políticas plantease soluciones, lamenta
FACUA.
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FACUA denuncia que la
ley de tasas judiciales establece una justicia para ricos y otra para pobres
El Gobierno limita el acceso a este derecho fundamental en función de los recursos económicos que tengan los ciudadanos.
El Gobierno limita el acceso a este derecho fundamental en función de los recursos económicos que tengan los ciudadanos.
FACUA-Consumidores en Acción denuncia que la ley de tasas
judiciales aprobada por el Gobierno supone la implantación de una justicia para
ricos y otra para pobres, al limitar el acceso a un derecho fundamental en
función de los recursos económicos que tengan los ciudadanos.
La asociación recuerda que esta ley, que nace con el rechazo
de jueces, abogados, fiscales, procuradores, usuarios y el resto de los grupos
parlamentarios, vulnera el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva
"sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión", tal como
recoge el artículo 24 de la Constitución Española.
A pesar de que la exposición de motivos de esta ley defiende
que está avalada por el Tribunal Constitucional, FACUA señala que hasta ahora
este tribunal sólo ha autorizado la aplicación de tasas que no supongan una
barrera económica para el acceso a la justicia.
De hecho, el propio texto aprobado reconoce que la ley
"pretende racionalizar el ejercicio de la potestad jurisdiccional",
algo que, para la asociación, evidencia que se trata claramente de unas tasas
disuasorias.
Algunos ejemplos escandalosos
FACUA expone que con estas tasas van a darse situaciones tan
aberrantes como tener que pagar 200 euros para reclamar en los tribunales una
multa de 150 euros o para exigir la devolución de una factura telefónica de 80
euros.
Otros ejemplos escandalosos implican el pago de 312,50 euros
para reclamar daños y perjuicios en los juzgados por la cancelación de un vuelo
por cuantía de 2.500 euros, o abonar 715 euros de tasas para exigir 3.000 euros
de intereses cobrados de forma abusiva en un crédito o hipoteca, indica FACUA.
Para la asociación, resulta indignante que los afectados por
fraudes masivos como el de las participaciones preferentes vayan a tener ahora
una barrera más que superar para poder recuperar su dinero. Así, ir a
juicio para pedir la devolución de 20.000 euros en una primera instancia
requerirá del pago previo de 400 euros.
De igual manera, una aseguradora que se niegue a cubrir un
siniestro por valor de 2.300 euros podrá quedar impune para aquellos ciudadanos
que no puedan pagar los 311,50 que cuesta ahora llevarles ante los tribunales
por esa cantidad, denuncia FACUA.
Además, en caso de que un consumidor pierda en primera
instancia y opte por apelar, tendrá que asumir una tasa de 800 euros por
recurso, a lo que se le sumaría el depósito judicial que establece la Ley
Orgánica del Poder Judicial.
Reforma del arbitraje de consumo
FACUA alerta de que a la implantación de estas tasas
excesivas se le une ahora la tramitación de una importante reforma del
arbitraje de consumo que pretende revisar este sistema.
De esta forma, el Gobierno pretende excluir las
reclamaciones de menor cuantía (de menos de 50 euros) o aquellas que no versen
sobre reclamaciones de cantidad, decisiones que quedarían en manos del
presidente de la Junta Arbitral.
FACUA denuncia que esta reforma dejaría este arbitraje como
un mero procedimiento administrativo donde los laudos se sustituirían por
resoluciones de este tipo, en base a la figura del árbitro único designado por
la Administración.
FACUA denuncia que la
ley de tasas es contraria al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva
La asociación alerta de que la norma abre la puerta a que las empresas se nieguen a acatar las decisiones del sistema de arbitraje, al obligar a los consumidores a pagar un mínimo de 200 euros para exigir su cumplimiento.
La asociación alerta de que la norma abre la puerta a que las empresas se nieguen a acatar las decisiones del sistema de arbitraje, al obligar a los consumidores a pagar un mínimo de 200 euros para exigir su cumplimiento.
FACUA-Consumidores en Acción informa de que hoy ha sido
publicada en el BOE la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, conocida como ley de
tasas judiciales, que entra en vigor a partir de mañana jueves pese al rechazo
de jueces, abogados, fiscales, procuradores, usuarios y de todos los grupos
parlamentarios con excepción del PP.
La asociación advierte de que la aplicación de estas tasas
es contraria al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva "sin
que, en ningún caso, pueda producirse indefensión" que recoge el artículo
24 de la Constitución Española.
FACUA alerta de que la nueva normativa abre la puerta a que
las empresas se nieguen a acatar las decisiones del Sistema Arbitral de Consumo,
al obligar a los consumidores a pagar un mínimo de 200 euros en los tribunales
para exigir el cumplimiento de los laudos que les sean favorables, aunque la
cuantía reclamada sea inferior a la tasa.
Además, en caso de que un consumidor pierda en primera instancia
y opte por apelar, tendrá que asumir una tasa de 800 euros por recurso, a lo
que se le sumaría el depósito judicial que establece la Ley Orgánica del Poder
Judicial.
Esta situación constata, para la asociación, la implantación
efectiva de una justicia para ricos y otra para pobres, al limitar el acceso a
un derecho fundamental en función de los recursos económicos que tengan los
ciudadanos.
Además, FACUA recuerda que a pesar de que la exposición de
motivos de esta ley defiende que está avalada por el Tribunal Constitucional,
hasta ahora el alto organismo sólo ha autorizado la aplicación de tasas que no
supongan una barrera económica para el acceso a la justicia.
De hecho, el propio texto aprobado reconoce que la
ley "pretende racionalizar el ejercicio de la potestad
jurisdiccional", algo que, para la asociación, evidencia que se trata
claramente de unas tasas disuasorias.
Algunos ejemplos escandalosos
FACUA expone que con estas tasas van a darse situaciones tan
aberrantes como tener que pagar 200 euros para reclamar en los tribunales una
multa de 150 euros o para exigir la devolución de una factura telefónica de 80
euros.
Otros ejemplos escandalosos implican el pago de 312,50 euros
para reclamar daños y perjuicios en los juzgados por la cancelación de un vuelo
por cuantía de 2.500 euros, o abonar 715 euros de tasas para exigir 3.000 euros
de intereses cobrados de forma abusiva en un crédito o hipoteca, indica FACUA.
Para la asociación, resulta indignante que los afectados por
fraudes masivos como el de las participaciones preferentes vayan a tener ahora
una barrera más que superar para poder recuperar su dinero. Así, ir a
juicio para pedir la devolución de 20.000 euros en una primera instancia
requerirá del pago previo de 400 euros.
De igual manera, una aseguradora que se niegue a cubrir un
siniestro por valor de 2.300 euros podrá quedar impune para aquellos ciudadanos
que no puedan pagar los 311,50 que cuesta ahora llevarles ante los tribunales
por esa cantidad, denuncia FACUA.
Reforma del arbitraje de consumo
FACUA alerta de que a la implantación de estas tasas
excesivas se le une ahora la tramitación de una importante reforma del
arbitraje de consumo que pretende revisar este sistema.
De esta forma, la intención del Gobierno es la de excluir
las reclamaciones de menor cuantía (de menos de 50 euros) o aquellas que no
versen sobre reclamaciones de cantidad, decisiones que quedarían en manos del
presidente de la Junta Arbitral.
(Remitido)

