Este ciudadano
español, de origen irakí, trabajó en la UMU como becario por su conocimiento
del árabe. Será puesto a disposición de la Audiencia Nacional
Daniel Galván Viña, el pederasta español cuyo indulto fue
revocado ayer por el rey de Marruecos, ha sido detenido a las 17.25 horas de
esta tarde en un establecimiento hotelero de Murcia, ciudad a donde viajó
después de que fuese puesto en libertad en la cárcel de Tánger, donde cumplía
una condena a 30 años de prisión por abusar de once menores. Galván, que no ha opuesto resistencia, permanecía alojado
desde ayer en el Hotel Legazpi, situado en el número 6 de la Avenida Miguel de
Cervantes, y era seguido desde primera hora por efectivos de la Policía
Nacional, que son los que le han detenido, han asegurado fuentes de la
investigación. Tras su arresto, se encuentra ahora detenido en los calabozos de
la Jefatura Superior de Policía de Murcia, a la espera de ser trasladado a
Madrid para pasar mañana a disposición del juez Fernando Andreu de la Audiencia
Nacional, que ha ejecutado la orden internacional de búsqueda y captura
tramitada por Interpol a través del tribunal de Kenitra (norte de Marruecos),
después de que recibiera la anulación real del indulto.
Las mismas fuentes no han podido precisar la hora en la
que el pederasta prestará declaración.
El pederasta, exprofesor de la Universidad de Murcia y
exoficial del Ejército iraquí, su país de nacimiento, aunque tras obtener la
nacionalidad española cambió su identidad, formó parte del grupo de 48 presos
indultados por el rey Mohamed VI tras el viaje oficial realizado por Don Juan
Carlos a mediados de julio. El Gobierno había pedido el traslado a España y no
el indulto del pederasta Daniel Galván para que cumpliese el resto de su
condena en una cárcel española, según fuentes cercanas al caso. Su nombre fue
propuesto por la Embajada de España en Rabat a última hora, sin que por el
momento el Ministerio de Exteriores haya explicado las razones. Pero cuál fue
la sorpresa que el rey Mohamed VI anunció el martes 30 de julio, con motivo de
la Fiesta del Trono, el indulto a los 48 presos españoles. Lo hizo, de acuerdo
con las Casas Reales de Marruecos y España, en respuesta a una petición
formulada por el Don Juan Carlos, según un comunicado de la casa real alauí.
Aunque desde la Zarzuela aseguran que el Rey no planteó ni trasladó ninguna
petición de indulto colectivo.
Procedimiento
En materia penal, España tiene con Marruecos un tratado
de extradición y un convenio para el traslado de presos condenados. En el
primero de los casos, según el Convenio de Extradición hecho en Rabat el 24 de
junio de 2009, debería ser un tribunal marroquí el que iniciara el
procedimiento de extradición y, en su caso, debería dictar una orden
internacional de búsqueda y captura del indultado. Este tratado establece, no
obstante, que ninguno de los dos Estados concederá la extradición de sus
nacionales respectivos. Además, contempla como motivo de denegación que
"se hubiera concedido una amnistía o indulto en el Estado requirente o en
el Estado requerido". También está abierta la posibilidad de que el
Gobierno marroquí invoque la aplicación del Convenio entre España y Marruecos
relativo a la Asistencia a Personas Detenidas y al Traslado de Personas
Condenadas, firmado en Madrid el 30 de mayo de 1997. Este convenio permite la
solicitud de traslado del preso a petición del propio condenado o de cualquiera
de los dos Estados, Marruecos como lugar en el que se le condenó o España como
sitio de cumplimiento. En este caso, Marruecos podría solicitar a España que el
indultado cumpliera en España el resto de la condena que le faltaba.
El artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial
señala que los tribunales españoles tienen jurisdicción sobre delitos previstos
en las leyes penales cometidos por españoles o nacionalizados fuera del
territorio nacional. Para ello serán imprescindibles una serie de condiciones,
dice este artículo, entre ellas que "el delincuente no haya sido absuelto,
indultado o penado en el extranjero, o, en este último caso, no haya cumplido
la condena. Si solo la hubiere cumplido en parte, se le tendrá en cuenta para
rebajarle proporcionalmente la que le corresponda". Varias fuentes han
explicado que aún considerando que no tuviera ya validez el indulto, por haber
sido anulado por Marruecos, para que Galván cumpliera la condena que le falta
en España sería necesario un procedimiento de entrega del reo a nuestro país
revisado por los tribunales de ambos lados del Estrecho.
(Fuente: Agencia EFE)

