Aunque quedó probada la falta cometida por el regidor contra un policía
local, se anula ahora por un defecto de forma
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| (Imagen: La Opinión) |
La Audiencia Provincial de
Murcia ha revocado la sentencia de un Juzgado de Instrucción que condenó al
alcalde de Alcantarilla, Lázaro Mellado, al pago de una multa por ofensas a un
policía local porque desde "la posible comisión de los hechos" hasta
que se dictó la misma pasaron más de seis meses. La sentencia del Juzgado de
Instrucción número Cuatro de Murcia, dictada en noviembre pasado, declaró
probado que Mellado cometió una falta contra el orden público por las palabras
que profirió contra el agente Francisco de Asís P., al que se enfrentó al
considerar que adoptaba una actitud pasiva ante un atasco de tráfico. El
Juzgado condenó al primer edil a la pena de veinte días de multa, con una cuota
diaria de diez euros, resolución que ahora queda anulada por la Audiencia
Provincial, que ha sustituido por otro el relato de hechos probados.
En la sentencia de la
Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, se afirma que el alcalde
"mantuvo unas palabras con el agente de policía denunciante". Y añade
que "desde la posible comisión de hechos -el 10 de febrero de 2012- hasta
el dictado de la sentencia -el 26 de noviembre de ese mismo año- transcurrieron
más de seis meses, por lo que la posible falta ya había prescrito,
irremediablemente". El tribunal concluye revocando la sentencia del
Juzgado de Instrucción y absolviendo libremente a Mellado.
(Agencia EFE/La Opinión)


