El jurado popular consideró que cometió este delito al matar a dos
personas inocentes, tras dispararles con un arma de fuego. Uno de ellos era
menor de 16 años
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| (Imagen: J. Caballero) |
El jurado popular ha declarado
culpable por unanimidad a Jorge Agustín S.R. de un doble delito de asesinato
con alevosía al considerar probado que mató a dos personas, una de ellas un
menor de 16 años, en 2011 en Mazarrón. Tras unas dos horas de deliberación, el
jurado popular del juicio celebrado este lunes y jueves en la Audiencia
Provincial de Murcia, ha tenido en cuenta en la emisión del veredicto que el
acusado es culpable de un delito de asesinato y tenencia ilícita de armas. El
juicio ha quedado visto para sentencia. El jurado no ha tenido en cuenta la
atenuante de enajenación mental del acusado y ha considerado la alevosía en el
doble asesinato, así como la reincidencia en el delito de tenencia ilícita de
armas. Se han sometido a la consideración del jurado popular un total de nueve
puntos siendo todos ello aprobados por unanimidad, no informando favorablemente
de la petición de indulto al procesado y considerando a Jorge Agustín autor
responsable de los hechos.
El Ministerio Fiscal pide
penas que suman 35 años de prisión para este individuo, que cuenta con
numerosos antecedentes penales al haber sido condenado por delito de tenencia
ilícita de armas. La acusación particular que representa a la viuda solicita 17
años y medio de cárcel por cada delito de asesinato y tres años por tenencia
ilícita de armas; mientras que la que representa a la familia del joven, pide
20 años por cada asesinato y tres por tenencia ilícita de armas. Las
indemnizaciones que piden sendas acusaciones particulares se elevan a 420.000
euros en el caso de la viuda y a 404.000 euros en el caso de la familia del
menor de 16 años; a las que el fiscal se ha adherido. Jesús Martínez, el
abogado de la acusación particular que representa a la viuda, ha explicado a
Europa Press que el juicio "comienza ahora", ya que acudirá a la
Generalitat de Cataluña para reclamar la indemnización que le corresponde a su
clienta, en una acción de responsabilidad patrimonial por los daños
ocasionados. Y es que se considera que la Generalitat, al tener transferidas
las competencias en materia penitenciaria, "es la responsable de conceder
el permiso carcelario" al procesado, que en mayo de 2011 se encontraba en
la cárcel Modelo de Barcelona cumpliendo una pena privativa de libertad.
Según las conclusiones
provisionales del fiscal, los hechos ocurrieron el 13 de noviembre de 2011,
cuando el procesado se trasladó hasta Mazarrón, donde se hospedaba en el hotel
Costa.
Cargado con tres armas, sobre
las 22.12 horas salió del hotel y casi una hora más tarde se cruzó con una de
las víctimas cuando paseaba por la avenida de la Constitución. Sin "razón
conocida", sostiene el fiscal, el acusado se acercó a la víctima, que
tenía 32 años, y tras una "breve" conversación sacó una de las
pistolas y, de forma sorpresiva y sin dar tiempo a la víctima a defenderse, le
efectuó tres disparos a poca distancia que le produjeron muerte de forma casi
inmediata. Seguidamente, se marchó del lugar y unas dos calles más adelante
llegó a la Plaza del Molinete, donde se encontraba sola otra de las víctimas,
un joven de 16 años que residía en dicha plaza y que había salido a pasear a su
perro. Cuando el acusado pasó por el lado de la víctima, que se encontraba de
pie y parada con las manos metidas en los bolsillos mirando hacia adelante, le
efectuó un disparo en la cabeza a corta distancia, produciendo una herida
mortal que motivó que falleciera tres días después. Para el fiscal, los hechos
son constitutivos de un delito de tenencia ilícita de armas, por el que procede
imponer tres años de prisión; y dos delitos de asesinato, por el que pide 16
años por cada uno.
(Europa Press)


