martes, 15 de abril de 2014

El TSJM impidió una marcha republicana alegando que coincidiría con las procesiones

El Tribunal dio la razón a la Delegación del Gobierno pese a la oposición de la Fiscalía

(Imagen: I. Sánchez/AGM)
La marcha por la Tercera República que iba a recorrer en la tarde de ayer lunes el centro de Murcia terminó convertida en una mera concentración en la plaza de la Universidad después de que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia respaldase la decisión de la Delegación del Gobierno de prohibir el horario previsto por coincidir con la procesión del Lunes Santo. Los organizadores pretendían partir a las 19.30 horas de la avenida Antonete Gálvez y llegar a la Delegación del Gobierno, por la calle Correos. El delegado del Gobierno, Joaquín Bascuñana, rechazó sin embargo este horario y dictó una resolución que adelantaba la marcha a las 16.30 horas para que la protesta terminase a las 19.00 y no coincidiese por tanto temporalmente con la procesión.


 Bascuñana se apoyó para esta decisión en un informe del Ayuntamiento de Murcia que desaconsejaba el horario previsto por los organizadores por el impacto sobre el tráfico que tendría la celebración de la marcha y la procesión al mismo tiempo, aunque fuese por itinerarios diferentes. Esta coincidencia «va a provocar importantes problemas de tráfico puesto que las dos vías más importantes de comunicación norte-sur van a estar cortadas», señalaba el informe. La organización de la marcha presentó entonces un recurso contencioso administrativo por considerar que la decisión de la Delegación del Gobierno atentaba contra el derecho de reunión y manifestación. Los convocantes alegaron además que la Delegación dictó su resolución fuera de los plazos previstos en la ley. La Sala del TSJ, en cambio, estima que el derecho de reunión «es un derecho fundamental básico en un estado democrático, pero no por ello deja de tener ciertos límites», y más obvio «es el de su ejercicio racional». Desde esta perspectiva de «racionalidad», la Sala considera que lo que «no es comprensible es cómo los convocantes de la manifestación, con conocimiento de que está prevista la celebración de un acontecimiento popular de participación masiva, teniendo todas las horas del día para elegir el momento de celebración de la manifestación, eligen precisamente el horario coincidente con la procesión».

 No era ésta sin embargo la opinión del fiscal del TSJ, quien pidió el mantenimiento del horario previsto por entender que la manifestación no suponía una incidencia especial en la vida ciudadana, ya que la participación prevista no superaba las 1.000 a 1.200 personas. «No estamos ante una masa ingente que puede bloquear la ciudad», recordó el fiscal. Finalmente, los organizadores decidieron celebrar una concentración a las 18.30 horas -dentro del horario permitido por la Delegación- en la plaza de la Universidad de Murcia. La protesta, a la que asistieron alrededor de un centenar de personas, se desarrolló sin incidentes.

 (Fuente: la verdad.es)