ADVIERTE A LA COMPAÑÍA QUE ESTA ES UNA PRÁCTICA PROHIBIDA
POR LA LEY GENERAL DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
FACUA exige la
retirada de la penalización de 190 euros de Movistar Fusión por suponer una
cláusula abusiva
Advierte a la compañía que implica una práctica prohibida por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Advierte a la compañía que implica una práctica prohibida por el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
FACUA-Consumidores en Acción ha exigido a Movistar que
retire la penalización de 190 euros que reclama a los usuarios de sus nuevos
paquetes de servicios Movistar Fusión si se dan de baja en cualquier momento
antes de que transcurran doce meses desde el alta en el contrato.
FACUA ha advertido a la compañía que la penalización supone
una cláusula abusiva y por tanto ilegal y sancionable, conforme a lo
establecido en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los
Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
Así, el artículo 87 del citado Real Decreto define en su
apartado 6 como abusivas, entre otras prácticas, "la fijación de
indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente
causados".
En las "condiciones comerciales de contratación"
de Movistar Fusión que aparecen en la página Web del operador se indica que
llevan aparejado un "compromiso de permanencia en línea móvil de 12
meses" con "190 euros de penalización en caso de
incumplimiento". La información no aclara si llevan el IVA incluido (en caso
contrario el total ascendería a 229,90 euros).
FACUA considera que cobrar una penalización sin haber
existido un perjuicio equiparable para la compañía implica un evidente supuesto
de enriquecimiento injusto, conforme a la jurisprudencia existente en la
materia.
La asociación espera que Movistar proceda a anular la
cláusula de la penalización de sus contratos. En caso contrario, denunciará a
la compañía ante los organismos de ámbito estatal y autonómicos competentes en
materia de protección de los consumidores.
(REMITIDO)

