martes, 20 de noviembre de 2012

ACABA DE ENTRAR EN VIGOR LA LEY QUE IMPIDE ABONAR CANTIDADES EN EFECTIVO SUPERIORES A 2.500 EUROS



SIN EMBARGO EN EL CASO DE LOS NO RESIDENTES EL TOPE SE AMPLIA HASTA LOS 15.000 EUROS

Aunque Estamos en plena crisis y no son muchos quienes pueden pagar en efectivo grandes  cantidades, los desembolsos en dinero efectivo tocan a su fin y quedan fuera de la ley. El 19 de noviembre, ha entrado en vigor la normativa que pone límites máximos para los pagos en efectivo en todas las transacciones en las que intervenga al menos un empresario o un profesional, que queda establecida en 2.500 euros.


La disposición está incluida en la nueva ley de medidas contra el fraude fiscal que entró en vigor a finales de octubre. El gobierno demoró 20 días la puesta en marcha de los límites al uso de efectivo para dar tiempo a los comerciantes a adecuar sus negocios.
El objetivo de esta medida es poner coto al uso de grandes cantidades de efectivo, un medio del que se han servido algunos defraudadores para esquivar el pago de tributos como el IVA. En adelante, cuando el precio de los bienes y servicios supere los 2.500 euros, deberán abonarse mediante medios de pago que dejen rastro como tarjetas de crédito o transferencias bancarias. La limitación afecta a las operaciones entre un particular y un empresario o entre dos empresarios. Sin embargo, no se aplicará en el caso de los pagos e ingresos realizados con entidades de crédito ni tampoco en las compraventas entre particulares.
El límite máximo que fija la ley para el uso de efectivo se eleva a 15.000 euros cuando el pagador sea un particular no residente. En este caso, esa diferencia tiene como fin no dañar algunas actividades ligadas al turismo.
Los intervinientes en las operaciones estarán obligados a conservar los recibos o facturas durante cinco años para acreditar que el pago se efectuó mediante algún medio electrónico y la Agencia Tributaria podrá requerir su presentación.

(Redacción y Agencias)