La medida será
beneficiosa, puesto que no tendrán que trasladarse a las oficinas del Registro
El Gobierno ha aprobado una
reforma legal que permitirá la inscripción de los nacimientos directamente
desde el hospital sin necesidad de que los padres tengan que desplazarse al
Registro Civil. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha
destacado que serán los centros sanitarios los que actúen "a modo de
ventanilla única" para que desde la maternidad se puedan cumplimentar
todos los datos de los recién nacidos, que se enviarán al registro. Si el año
pasado hubo unos 450.000 nacimientos en España, ha explicado la vicepresidenta,
con esta medida los padres se evitarán esos "450.000 desplazamientos a los
registros civiles pertinentes". Este cambio será posible gracias a la
aprobación hoy por el Consejo de Ministros del anteproyecto de ley de medidas
de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del
Registro Civil, que permitirá la tramitación electrónica de los nacimientos y
defunciones desde los centros sanitarios.
Para la inscripción de los
bebés, los padres, asistidos por los facultativos que hayan asistido al parto,
firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el
acreditativo del nacimiento y que será remitido al Registro Civil desde el
propio hospital. En el caso de que no se pudiera realizar la inscripción por
este sistema de ventanilla única, la ley prevé que se pueda tramitar por el
método tradicional en los días siguientes o, en su defecto, a través de un
expediente registral.
Certificados de defunción
La vicepresidenta ha incidido
en que, aprovechando esta reforma, el Ejecutivo ha reforzado además los
mecanismos de identificación de los recién nacidos y el procedimiento de
determinación de su filiación, de modo que el facultativo certifique "sin
ningún género de duda" a través de las pruebas "médicas y biomédicas"
necesarias, la relación biológica entre madre e hijo. En este sentido, ha
explicado que en caso de la defunción del recién nacido, el certificado deberá
estar firmado por dos facultativos que "bajo su responsabilidad",
acreditarán "que del material genético recogido de madre e hijo no se
desprenden dudas" de dicha relación materno filial. Para las defunciones,
en general, también funcionará la certificación médica electrónica desde el
centro sanitario. Estará firmada por el facultativo y deberá recoger "la
existencia o no de indicios de muerte violenta o cualquier otro motivo por el
que no se pueda conceder la licencia de enterramiento", a fin de que el
funcionario que la reciba se abstenga de expedirla "hasta recibir
autorización del órgano competente", conforme ha detallado Sáenz de
Santamaría.
(Resumen de Agencias)

